El impreso no lleva ninguna licencia, al haber sido impreso antes de la ley del 13 de junio de 1627, que extendió la censura previa a las “relaciones, cartas, apologías, panegíricos, gacetas, nuevas, sermones, discursos o papeles en materia de Estado o gobierno».
Los inquisidores del Consejo de la Suprema decidieron que se debía prohibir el impreso y mandar recoger de forma discreta, sin dar mucha información sobre la prohibición y la obra:
“que se recoja este memorial por edictos en la forma acostumbrada sin nombrar a cuya instancia se hizo ni decir más en la carta acordada que es un memorial impreso de a folio firmada de el doctor Balboa de Mogrovejo señalando el número de las hojas»
El expediente contiene las actas de la censura realizada en audiencia por los calificadores del Consejo, el 17 de febrero de 1623. Opinaron que se debía prohibir el impreso porque contenía «doctrina escandalosa y que da ocasión a inquietudes» y «proposiciones atrevidas y arrojadas» (es decir, afirmaciones injustificada, enunciada sin argumentos suficientes para probar su veracidad8
ALVARADO PLANAS, Javier 2007), Justicia, libertad y censura en la Edad Moderna, Madrid, Ministerio de Justicia / Boletín Oficial del Estado, p. 96.
PAZ Y MELIÁ, Antonio (1947), Papeles de Inquisición: catálogo y extractos, Madrid, Patronato del Archivo Histórico Nacional, núm. 982.