Oratorio de religiosos apareció por primera vez en 1542 y dio lugar a once ediciones, impresas entre 1543 y 1597 (Blanco, 2009: 471-472).
El expediente de censura no menciona ninguna edición en concreto. El índice inquisitorial indica dos ediciones: la de Amberes de Felipe Nucio (1569) y la de Salamanca de Juan Perier (1570).
En el expediente, se designa la obra bajo el título: Doctrina de religiosos y ejercicio de virtuosos. Se trata probablemente de un error de transcripción, puesto que no se conoce ninguna edición bajo este título.
El expediente de censura contiene una denuncia, sin fecha, firmada por fray Pedro Bermúdez, Lector de Artes del Convento de la Madre de Dios (Baena). Aunque no lleve fecha, debe de ser anterior a 1612 puesto que los dos fragmentos que denuncia Bermúdez son los que se censuran en el indice de Sandoval (1612).
Los dos fragmentos denunciados son los siguientes:
- «¿Qué podía valer el yugo de Moisén , so el cual se permitía dar usura al extraño y dar libelo de repudio?» y «Yugos eran estos por cierto muy graves y leyes eran estas muy perniciosas pues en ellas se disimulaban vicios y a su sombra se permitían hombres viciosos» (cap. V). El denunciante considera que son proposiciones reprobables en la medida en que parecen dar por «mala y perniciosa la ley antigua aun en el tiempo que estaba en pie, lo cual no se puede decir pues consta de fe que aquella ley fue dada por Dios y por el consiguiente que había de ser buena y santa».
- «¿Qué le falta al que fe no le falta?» (cap. XXIII). El denunciante considera que la proposición es «favorable a los herejes que dicen que basta la fe sin obras para salvarse», doctrina que constituye una «manifiesta herejía». En otras palabras, el religioso opina que la proposición podía interpretarse como una manifestación de apoyo de las tesis protestantes relativas a la justificación por la fe.
En la misma denuncia, Bermúdez delata también un fragmento de la Summa de Ecclesia de Torquemada.
En el recto del manuscrito, una nota indica que el tribunal inquisitorial pidió que el libro fuera examinado por el doctor Camargo: «“Don Antonio de Guevara: tráigale al Doctor Camargo». Podría tratarse de Jerónimo Ruiz de Camargo, doctor en Teología, canónigo magistral de Ávila y calificador del Tribunal de la Suprema Inquisición, quien participó en la Junta de elaboración del índice de Sandoval.
- Bibliografia citada
BLANCO, Emilio (2009), «Antonio de Guevara (c. 1480-1545)», en Pablo Jauralde Pou (dir.), Delia Gavela y Pedro C. Rojo Alique (coords.), Diccionario filológico de literatura española. Siglo XVI, Madrid, Castalia, p. 459-474.
- Sobre la censura de Guevara
REDONDO, Augustin, Antonio de Guevara (1480? – 1545) et l’Espagne de son temps, Genève, Droz, 1976, p. 196.
MARTÍNEZ DE BUJANDA, Jesús (2016), El Índice de libros prohibidos y expurgados de la Inquisición española (1551-1819): evolución y contenido, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, p. 618.
PAZ Y MELIÁ, Antonio (1947), Papeles de Inquisición: catálogo y extractos, Madrid, Patronato del Archivo Histórico Nacional, núm. 1064.